LEY DE LA EDUCACIÓN N° 070 “AVELINO SIÑANI – ELIZARDO PÉREZ”: RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES

publicado el 3 de febrero de 2014

padres e hijos

  1. Asumir su responsabilidad en los procesos de formación.
  2. Realizar seguimiento permanente y continuo.
  3. Conversar e intercambiar información con la maestra o maestro y la Comisión Técnica Pedagógica.
  4. Dialogar reflexivamente con su hija o hijo, respetando los derechos establecidos en la Ley Nº 2026 Código del niño, niña y adolescente, de fecha 27 de octubre del 1999.
  5. Asistir de manera puntual y responsable a las reuniones.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *