Ley de la Educación N° 070 “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”

publicado el 2 de febrero de 2014

no celular en el aula

Artículo 108. (Uso de celulares) Está prohibido el uso de los celulares personales de estudiantes y maestros durante el desarrollo de las actividades curriculares de aula, porque interrumpen el normal desarrollo de las labores educativas.

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